| En esta sección encontrará las funciones que el Código Electoral para el Estado de Sonora le asigna al Consejo Estatal Electoral. |
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| Funciones de registro |
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Candidaturas a Gobernador del Estado. |
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Supletoriamente a los comisionados de partidos políticos ante los consejos municipales y distritales. |
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Supletoriamente las candidaturas a diputados por mayoría relativa y ayuntamientos. |
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Resolver el otorgamiento o cancelación del registro de partidos políticos. |
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Resolver sobre convenios de fusión, frentes o coaliciones. |
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De plataformas electorales. |
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Fungir como observador en las asambleas para constituir un nuevo partido político. |
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| Funciones de vigilancia |
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Cumplimiento de la Constitución y del Código Electoral. |
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La debida integración y funcionamiento de consejos municipales y distritales. |
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Desarrollo de trabajos de integración, actualización, depuración y revisión de listas nominales de electores. |
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Solicitar al Registro Estatal de Electores o IFE la práctica de trabajos técnicos. |
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| Funciones relacionadas con partidos políticos |
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Convocarlos para que nombren comisionados en municipales y distritales. |
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Proveer lo relativo a prerrogativas y asignar tiempos en radio y televisión. |
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| Funciones relacionadas con el Padrón Electoral |
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Dictar lineamientos para depuración y actualización. |
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Recabar y distribuir listas nominales de electores a municipales y distritales. |
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| Funciones de Cómputo |
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Integrar listas de asignación de diputados de representación proporcional. |
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Cómputo, asignación, declaración de validez y otorgamiento de constancias a diputados de representación proporcional. |
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Cómputo, asignación, declaración de validez y otorgamiento de constancia de mayoría de Gobernador del Estado. |
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| Funciones de Información |
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Informar al Congreso sobre hechos que puedan influir en la calificación de la elección de Gobernador. |
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| Funciones de designación |
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Designar a los secretarios de consejos municipales y distritales previa opinión del Secretario Estatal. |
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Designar a consejeros municipales de los 72 municipios y consejeros distritales de los 21 distritos en el Estado. |
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| Funciones de investigación |
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De hechos violatorios y en contra de propaganda electoral, candidatos o miembros. |
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| Funciones de Organización |
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Expedir su Reglamento Interior y de los otros organismos electorales. |
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Dictar acuerdos y previsiones. |
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Recabar copia de documentos electorales para elaboración de estadísticas. |
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Formar el Archivo Electoral del Estado. |
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Recabar las Memorias. |
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| Funciones de atención a los recursos |
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Substanciar y resolver recursos de su competencia. |
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Remitir al Tribunal Estatal Electoral y de Transparencia Informativa los recursos de queja. |
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Remitir al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación los juicios de protección a los derechos político electorales del ciudadano y de revisión constitucional. |
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| Funciones de consulta |
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Resolver peticiones y consultas de ciudadanos, candidatos y partidos políticos. |
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Resolver sobre sustitución de candidatos y cancelación de registro. |
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| Funciones de difusión |
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Difundir la integración de consejos locales. |
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Diseñar programas de divulgación de principios ideológicos, programas de acción y plataformas electorales de partidos políticos. |
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| Funciones de apoyo material |
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Proporcionar actas, elementos y útiles a consejeros municipales y distritales. |
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